HERENCIAS

Letrados especializados en la materia le asesorarán en diversas materias.

Asesoramiento

Testamentos, Aceptación de Herencia, Repudia a la Herencia

Causas de Desheredación

la ley nos obliga a dejarle una parte de nuestros bienes a un "heredero forzoso"

Declaración judicial de herederos

La legitimación se atribuye a quienes se consideren con derecho a suceder

Estudio y planificación

del Impuesto Sucesorio de la Herencia Familiar y Empresarial

Otras herencias

Internacionales de Residentes y no Residentes

1ª) Qué pasa cuando no hay testamento?

En supuestos que no haya testamento, la ley establece quienes son los herederos del difunto. En primer lugar los descendientes, si no los hay, serán los ascendientes, y si ambos han fallecido, pasarán a suceder los abuelos, y en su ausencia, los bisabuelos.

En segundo lugar el cónyuge, que sin testamento solo hereda si no hay descendientes o ascendientes.

En tercer lugar los hermanos, a partes iguales. Si alguno hubiera fallecido, sus hijos. En 5º lugar los primos. Y en 6º lugar, si no los hay, será papá Estado, quien se quede con los bienes.

Se puede hacer un acta de notoriedad o expediente judicial.

2ª) Qué hacer cuando alguien fallece?

Muy importante , no olvidar, que en los 6 meses siguientes al fallecimiento, hay que liquidar el impuesto de sucesiones y donaciones, y el impuesto de plusvalía Municipal.

3º) Se pueden heredar los bienes y no las deudas?

En la aceptación de la herencia a beneficio de inventario, pagadas la deudas del difunto, los herederos reciben lo demás, pero no responden con su propio patrimonio.

4º) Hay plazo para aceptar la herencia y hacer la partición?

! No hay plazo ni para aceptar ni para renunciar a la herencia !

5º) Se puede cambiar el testamento?

Si siempre se puede cambiar el testamento, siempre que se esté con plenas facultades mentales. Tantas veces en la vida, como se quiera.

6º) Cómo puedo saber, si la persona fallecida ha hecho testamento?

Acudiendo al Registro General de Actos de última Voluntad

Transcurridos 15 días desde el fallecimiento y con el certificado de defunción de la persona, este registro facilita información sobre si dicha persona otorgó o no testamento y en caso afirmativo ante qué notario, donde y en que fecha.

7º) Puedo desheredar a un hijo?

Las causas de desheredación son taxativas, y la falta de cariño o afecto o la falta de cuidado, no es bastante para desheredar. Por cierto , nada impide desheredar a un padre o ascendiente.

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